Concepción pedagógica – Modelo pedagógico
El Programa de Derecho en equipo integrado por docentes, administrativos, estudiantes y egresados adelantó un proceso permanente de Autoevaluación que le permitió realizar un debate acerca del Modelo Pedagógico por parte de los integrantes y participantes del mismo, dentro de una discusión participativa y ampliada, con el propósito de abordar su pertinencia y vigencia, su aplicación por parte de los docentes del Programa, así como su conocimiento y manejo por toda la comunidad educativa.
Así pues el equipo advirtió que aun cuando el modelo no goza de una aplicabilidad total por parte de algunos docentes catedráticos (en cierta medida por tradicionalismo arraigado en los métodos de enseñanza), es también cierto y verificable que los procesos académicos desarrollados al interior del Programa se adelantan de manera satisfactoria, producto de lo cual se han consolidado resultados académicos importantes en las pruebas ECAES, hoy Saber Pro, en las que el Programa ha obtenido niveles destacables, en un mecanismo que es aceptado por la comunidad académica como criterio de comprobación del logro de las competencias alcanzadas por el estudiante, pero de igual manera resulta relevante el impulso que el mismo modelo ofrece al desarrollo y consolidación de la actividad investigativa y de proyección social.
Como resultado del proceso surtido se concluyó, que la respuesta necesaria no debería ser una modificación al Modelo Pedagógico del Programa de Derecho, sino continuar la consolidación del actual desde una perspectiva alternativa, tras la adopción de estrategias que involucren un proceso de divulgación efectivo entre el cuerpo docente y estudiantil, que permita trascender lo meramente explicativo para centrarse en el logro de una verdadera asimilación por parte de los estamentos, especialmente el de maestros.
Por tal razón el Programa de Derecho de la Universidad Surcolombiana plantea y adopta como Modelo Pedagógico el enfoque crítico, desde una perspectiva alternativa, que para el cumplimiento de su Misión y el logro de su Visión, propenda la formación de profesionales comprometidos con los problemas de orden social, con un alto grado de sensibilidad, con la asunción de posiciones que se identifiquen con la reivindicación de la democracia y el respeto por la dignidad humana, en apoyo de elementos radicados en otras escuelas o corrientes pedagógicas, que permitan proponer la transformación de la sociedad para la igualdad social.
Bajo esta línea de razonamiento, se parte de la premisa que dicho enfoque se ocupa de los problemas del orden social, asume posiciones políticas y emancipadoras, se identifica con el desarrollo de la sociedad, la primacía del interés general, la transformación de la sociedad en procura de lograr una igualdad material, al tiempo que privilegia las formas de trabajos politécnicos y polivalentes ligados a la producción.
Actualmente se ubica en los enfoques de la pedagogía crítica y la educación popular, se apoya en la investigación-acción-participación, la teoría crítica de la sociedad, la acción comunicativa y la emancipación, donde sus principales representantes son Makarenko, Freire, Freinet, Magendzo y Vigostky.
En lo relacionado con el Contexto, es necesario avanzar en un proceso de detección de necesidades que permitan escrutar de una manera compartida el o, los problemas que van a dar lugar a la formulación del propósito y el perfil de formación del programa académico.
El Modelo Pedagógico, concebido como un dispositivo de interacción, reproducción y transformación implica una forma particular de selección, organización, transmisión y evaluación del conocimiento educativo, constituido por el currículo, la pedagogía y evaluación, y una forma particular de organización de las relaciones sociales en la Universidad.
Lo expuesto conlleva los siguientes y constantes interrogantes que retroalimentan permanentemente el debate:
¿Cuáles son las formas y estrategias a implementar para superar la actual organización curricular por asignaturas y materias que caracterizan las estructuras curriculares de los programas de pregrado Universitario?
¿Cómo intervenir la actual identidad profesional de los agentes que intervienen en el proceso formativo?
¿Cómo incorporar otros contextos de interacción pedagógica en el proceso formativo que garanticen la integración y la interdisciplinariedad?
Mediante la adopción de este modelo, se pretende replantear la relación educador-educando, a partir de una doctrina pedagógica que propicie los principios democráticos y participativos; asuma una estrategia metodológica renovadora del proceso de formación profesional de los estudiantes del Programa de Derecho con énfasis en el Derecho como fenómeno social, e instrumento de cambio, donde el abogado debe ser un forjador de cambio social.
A su turno, el enfoque adoptado se alimenta de la corriente Constructivista o Conductual, la cual surge a principios del siglo XX. Su metáfora básica es la máquina, donde el estudiante y el maestro son considerados como un reloj o computadora en cuanto a las circunstancias medibles, observables y cuantificables; es decir, una concepción mecanicista de la realidad. El estudiante es un receptor de conceptos y contenidos, cuya pretensión es aprender lo que se enseña. La evaluación es considerada como un proceso sumativo de valoración y se centra en el producto que debe ser medible y cuantificable, bajo los preceptos de la escuela de Jean Piaget.
Se propone la eficacia en el aprendizaje y el moldeamiento de la conducta de los estudiantes. Se desarrolla con el apoyo de una rigurosa planificación, la utilización de materiales elaborados por expertos bajo el enfoque estímulo-respuesta- reforzamiento.
Teóricamente este método se basa en la fijación y el control de los objetivos "instruccionales”, formulados con precisión y reforzados minuciosamente con paquetes educativos ya elaborados que pueden presentarse en forma escrita, en audio o video, o mediante software educativo, los que en la práctica pueden ser ajustables a condiciones específicas de la realidad y de la disciplina del conocimiento. Adquirir conocimientos, destrezas y competencias bajo la forma de conductas observables, es equivalente al desarrollo intelectual de los estudiantes y se apoya en la Psicología conductista de Skinner, y en los procedimientos de Bloom, Gagné y Dick.
Sus postulados buscan la reconstrucción a través de la ontogénesis de las nociones de la aventura del conocimiento humano. El constructivismo pedagógico plantea que el verdadero aprendizaje humano es una construcción que logra modificar la estructura mental, al ser el discípulo quien descubre y reinventa cuando establece nuevas relaciones y coordinaciones entre los elementos que asimila y los conocimientos que posee.
Ante este contexto, la educación debe esforzarse porque la conciencia humana esté adecuada a la vida real, y además porque después de superada la alineación, mediante la concientización pueda evolucionar y perfeccionarse a través, por ejemplo, de posturas de análisis y crítica reflexiva de tipo estructural.
Los insumos de éste último modelo se basan en el compromiso con la sociedad y el Estado, en desarrollo del cometido de la función social que demanda la profesión de abogado, como garantía de una adecuada y optima defensa técnica, y del deber de colaboración con una recta y cumplida administración de justicia, de tal forma que los estudiantes deben estar irrestrictamente capacitados para un optimo desempeño en cualquiera de los escenarios de su profesión.
En este andamiaje doctrinal, se hace necesaria una sólida fundamentación teórica y práctica, para un adecuado desempaño de la profesión del Abogado, reconociendo que existen conceptos y contenidos que ineludiblemente deben ser asimilados por los educandos, por constituir principios que gobiernan las actuaciones e instalamentos para ejercer correctamente la profesión en procura de una efectiva tutela de los derechos de las personas.
Estrategia Curricular Interdisciplinaria: Núcleos Temáticos Problemáticos.
Un Modelo Alternativo de Acción Curricular implica la construcción de estrategias curriculares que consulten la naturaleza alternativa del proceso de construcción de una nueva cultura académica que permita construir nuevas identidades profesionales y pedagógicas. Por ello se proponen los Núcleos Temáticos Problemáticos como propuesta curricular interdisciplinaria, entendida como el conjunto de conocimientos afines que posibilitan definir prácticas y procesos de investigación en torno a un objeto/problema.
Esto implica la construcción de estrategias que garanticen la relación teoría-práctica y la construcción de acciones participativas entre individuos y grupos en la diversidad de soluciones propuestas. Se considera una estrategia que permite integrar un campo de problemas con un campo de conocimientos que deviene la formación de un profesional.
Trabajar con la estrategia Núcleo Temático y Problemático, advierte una correlación directa con el propósito de formación que orienta y determina el desarrollo académico del proceso formativo, en la medida en que se convierte en un dispositivo que facilita la integración de la formación, la investigación y la proyección social, considerados procesos determinantes en la identidad de las instituciones del nivel de la educación superior.
PROPÓSITOS DE FORMACIÓN DEL PROGRAMA: Competencias y Perfiles
El Propósito Fundamental del Programa es formar profesionales comprometidos con la defensa y promoción de los derechos fundamentales, el respeto de la dignidad humana, el pluralismo, la libertad de pensamiento, la solidaridad, la igualdad material, la construcción de un orden justo, la convivencia pacífica y la reivindicación y defensa del Estado Social de Derecho.
Así mismo, se propone cultivar en los educandos una articulación idónea con los factores propios de una vida en sociedad, como ser que interactúa y se relaciona satisfactoriamente con su entorno. Personas que logren la construcción y consolidación de un proyecto de vida y de ciudadanía integral, que permita una armonía emocional, la pujanza y su felicidad, y en concordancia con una:
Capacidad analítica y crítica para la interpretación de los problemas sociales, políticos y económicos del país, así como del impacto de las normas frente a la realidad, con sentido de pertenencia con el ambiente, los recursos naturales y el desarrollo integral, equitativo y sostenible.
Formación por competencias - Concepción de desarrollo en el estudiante
El Programa de Derecho, consciente de las nuevas tendencias pedagógicas de formación por competencias, las cada vez más nuevas y variadas formas de trabajo y la necesidad de formar en los estudiantes destrezas de adaptabilidad a situaciones cambiantes e inesperadas propias de las nuevas dinámicas tecnológicas y de mercado, se ha conducido en dirección de adoptar políticas que propicien fuertes lazos de convergencia entre la educación, la formación disciplinar y el empleo.
La formación en competencias es un componente esencial de la educación jurídica. Según la Resolución 2768 del 13 de noviembre de 2003, en la cual se definen las características específicas de calidad para los Programas de Pregrado en Derecho, se exige para la formación de abogados, que los estudiantes y futuros egresados adquieran competencias cognitivas, investigativas, interpretativas, argumentativas y comunicativas, así como capacidades para la conciliación, el litigio y el trabajo interdisciplinario.
De otro lado, la formación por Créditos Académicos busca precisamente la trasformación en la universidad, al dirigir los procesos educativos hacia el conocimiento enfatizado en la investigación y las nuevas tecnologías, cambiar los roles del maestro y el estudiante, transformar los procesos pedagógicos, orientar los currículos hacia la integración de diversas dimensiones de la persona, la sociedad y la especialidad, todo ello bajo el fomento de las competencias en el individuo para el mundo globalizado, la flexibilización y la interdisciplinariedad.
Así mismo, la definición y la formación por competencias (modelo adoptado curricularmente por la Universidad), permiten cierto grado de medición en los resultados del aprendizaje, al lograr identificar en los futuros profesionales qué saben y qué pueden hacer con aquello que conocen, mientras genera un mayor acercamiento del estudiante al proceso educativo tras la construcción de conocimiento basado en situaciones reales, lo que promueve la articulación entre las exigencias del mundo productivo y la formación profesional.
La prioridad de la formación superior puede entenderse como la posibilidad de privilegiar el aprendizaje de la disciplina frente al aprendizaje de destrezas y habilidades (integrales), pero sin desconocer la necesidad de la formación en la profesión. La tarea de la universidad entonces es formar profesionales en un área concreta de la ciencia, esto es en una disciplina, como quiera que sin una buena formación disciplinaria (conocimiento de conceptos y teorías básicas), el aprendizaje de sus aplicaciones concretas (formación profesional), carece de fundamentos sólidos y conduce a la incapacidad de facilitar el proceso de adaptación a la realidad cambiante que se impone con el avance tecnológico y la evolución en la estructura social. De esta manera, en el caso de la abogacía, se busca superar la enseñanza del Derecho a partir del código, para ubicarlo en el contexto social e histórico sobre el cual se desenvuelve.
Por su puesto que el proceso educativo va de la mano de los aspectos interdisciplinarios, transversales, humanísticos, éticos, o competencias genéricas, como trascendentales en la formación integral del abogado, pues no se puede perder de vista la obligación de procurar una sólida formación disciplinar, la cual debe estar articulada a los factores propios de una vida en sociedad; es decir, de propender por la formación un ser humano que interactúa y se relaciona satisfactoriamente con su entorno, independientemente del programa cursado.
Dentro de éste contexto, la evaluación juega un papel preponderante como evidencia o ratificación de los resultados del aprendizaje y del desarrollo de capacidades y actitudes, siendo el fomento de éstas cualidades el objetivo de los programas educativos, o en otros términos, la pretensión que los estudiantes conozcan o sean capaces de hacer y seleccionar los métodos más apropiados, válidos y confiables en el ejercicio del quehacer vital, práctico, profesional y académico.
Por tanto, al interior del Programa de Derecho de la Universidad Surcolombiana, la evaluación se encuentra contenida en varias unidades de cada curso, y determinadas por diversas etapas, de manera que el educando surte un proceso progresivo de tipo cualitativo de la formación, siendo cada docente el encargado de determinar las evidencias de las competencias, entendidas como un conjunto de elementos tangibles que permiten demostrar la consecución satisfactoria del logro sobre un requerimiento o criterio específico de desempeño, una competencia en estricto sentido, o bien el resultado de un aprendizaje.
En consecuencia, resulta necesario reconocer que dentro del proceso de evaluación se acogen dos conceptos fundamentales para la medición de la formación: la evidencia del conocimiento y el conocimiento como evidencia de desempeño. Así, la evidencia del conocimiento incluye el conocimiento de qué tiene que hacerse, cómo debe hacerse, por qué debe hacerse y lo que tendría que hacerse si las condiciones cambian, y por tanto implica el conocimiento de teorías, principios y habilidades de orden cognitivo. A su turno, el conocimiento como evidencia de desempeño es el comportamiento en condiciones específicas, de modo que se puede inferir que el performance esperado se ha logrado de manera definitiva, por lo que en este acápite debe hacerse evidente el dominio y aplicabilidad práctica del conocimiento.
Con el ánimo de alcanzar dicha formación, los docentes del Programa cumplen con las siguientes labores:
Diseñar de manera organizada el proceso de aprendizaje de los estudiantes
Diseñar procesos y experiencias de aprendizaje en contextos reales
Utilizar técnicas didácticas adecuadas al nivel de los estudiantes y a las características de la disciplina académica
Asegurar que los escenarios de formación o experimentación incluyan actividades que promuevan el desarrollo de habilidades, actitudes y valores
Utilizar la tecnología en el diseño de actividades para promover la comunicación y el aprendizaje
Competencias
En este orden de ideas, el Programa ha establecido como prioritarias las siguientes competencias, necesarias dentro del proceso de formación profesional y humana en el ámbito jurídico, las cuales se ajustan a las particularidades propias del Programa, a las consideraciones del ICFES para la elaboración de los términos de las pruebas Saber-Pro en Derecho, a las exigencias de la Resolución 2768 de 2003, al igual que a los parámetros adoptados por la Universidad:
Competencia cognitiva disciplinar: entendida como la capacidad de conocer, describir, experimentar, transformar y producir conocimientos jurídicos y socio-jurídicos fundamentales.
Competencia de administración del conflicto: con ella se busca la capacidad para prevenir, identificar, proponer soluciones, hacer control y seguimiento del conflicto e intervenir en él mediante un manejo integral del mismo.
Competencia comunicativa: se refiere a la capacidad para comprender y utilizar de forma precisa el lenguaje jurídico, de tal manera que pueda comunicar sus ideas con claridad y coherencia en todos los escenarios del ejercicio de su profesión. La competencia de comunicación engloba las funciones de comprender, escuchar, hablar, leer y escribir, junto al lenguaje gestual (sistemas simbólicos).
Competencia de investigación jurídica: es la capacidad de recopilar, sistematizar, analizar, valorar y tratar situaciones, condiciones y posibilidades de la realidad socio-jurídica, en función de la generación de conocimiento científico.
Competencia de la responsabilidad profesional: comprende uno de los principales retos de formación al interior del programa, al propender por la actuación profesional y humana con honestidad, diligencia, transparencia y responsabilidad en la asesoría, representación y defensa de los intereses de las personas que salvaguarda y defiende en sede judicial o extrajudicial.
Abogado de audiencia: de cara a las nuevas dinámicas procesales del derecho en Colombia, en donde la oralidad cobra un papel protagónico en la actualidad y en un futuro inmediato, el Programa dentro de su proceso de modernización establece el desarrollo de técnicas de juicio oral, la oralidad, la oratoria, la persuasión, el manejo del auditorio, así como una adecuada y coherente expresión oral, de cara a la consolidación de una competencia propia del Abogado egresado del Programa de Derecho de la Universidad Surcolombiana.